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CMF – Open Finance: Opportunities and Challenges

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Open Finance: Opportunities and Challenges. Remarks by Kevin Cowan, Vice-President of the CMF, 'Open Banking Exchange Summit' (January 2022)

Palabras de Kevin Cowan, Vicepresidente de la CMF, “Open Banking Exchange Summit” (Enero 2022)

Muchas gracias por la invitación de Open Banking Exchange con motivo del lanzamiento de su capítulo en Chile. Este sería el tercero en Latinoamérica, luego de Colombia y México, además de contar con una amplia experiencia en el contexto europeo.

Open Banking Exchange busca ser una plataforma que contribuya al aprendizaje y discusión de las finanzas abiertas entre los participantes, por lo que la oportunidad de este evento parece especialmente adecuada.

Como es de conocimiento público, existe un proyecto de ley en el Congreso de Chile que ha ido avanzando en su tramitación legislativa, que busca justamente la regulación de las finanzas abiertas. La Comisión para el Mercado Financiero participó activamente en las fases pre legislativas de este proyecto, usando sus facultades legales, con el envío al Ministerio de Hacienda de un ante proyecto de ley.

Los últimos 2 años han acelerado y consolidado el proceso de digitalización del sistema financiero. Evidencia de lo anterior ha sido la decidida migración de los pagos minoristas a formatos digitales, la creciente digitalización de la banca, compañías de seguros y otros intermediarios en sus modelos de atención al público y sus procesos internos, y el continuado dinamismo de los emprendimientos FINTECH. En este contexto la“ Ley para promover la competencia e inclusión financiera a través de la innovación y tecnología en la prestación de servicios financieros”, o Ley FINTECH busca actualizar un marco de regulación y supervisión que se ha ido quedando atrás ante esta creciente digitalización.

El proyecto está dividido en dos partes, que se potencian mutuamente. La primera establece la regulación de los servicios financieros basados en tecnología; en tanto que la segunda aborda la regulación de un sistema de finanzas abiertas. El objetivo en común de ambas partes del proyecto es promover una mayor competencia, inclusión y fomento al desarrollo de nuevas aplicaciones y servicios financieros en el mercado financiero.

En relación a la primera parte, cabe destacar que el Proyecto otorga explícitamente un mandato a la CMF para la regulación y supervisión de las actividades de las empresas Fintech basada en los siguientes principios:

• Proporcionalidad basada en riesgos: la carga regulatoria y supervisora, en relación con los requisitos exigibles a una actividad, debe ser acorde a los riesgos asociados considerando tamaño (en diferentes dimensiones) y complejidad;

• Modularidad: reconocer que servicios que tradicionalmente se presentaban de manera integral, ahora se pueden descomponer en diferentes partes de la cadena de valor;

• Neutralidad tecnológica: la regulación debería ser neutral respecto del tipo de tecnología usada en los servicios financieros, facilitando la integración de uso de tecnologías disruptivas, sin perjuicio de establecer estándares de seguridad y gestión de riesgos adecuados para la protección de los clientes.

• Me gustaría detenerme en este último punto, pues este concepto ha sido malentendido por algunos actores: neutralidad tecnológica no significa la ausencia de estándares ni que no sea necesario coordinar protocolos comunes, en especial para el intercambio de información. Neutralidad tecnológica en este caso se refiere a regular el riesgo subyacente, independiente de la tecnología con la cual se entrega.

En relación a la segunda parte del proyecto, la experiencia internacional muestra que un sistema de finanzas abiertas tiene el potencial una serie de beneficios y avances en la forma en la que entendemos la promoción y contratación de servicios financieros.

La primera gran ganancia está en la forma en la que entendemos el manejo de la información, donde queda de manifiesto que son los clientes los dueños de su información, lo que cambia el paradigma respecto a la oferta de servicios. Además, este sistema facilita la entrada de nuevos actores, al incorporar mayores grados de competencia en productos o servicios financieros; tiene el potencial de promover la innovación de servicios que cubren una mayor amplitud de necesidades; y se abre un espacio relevante para aumentar el nivel de inclusión financiera en segmentos de la población desatendidos por parte de los servicios financieros tradicionales –por ejemplo medios de pago electrónicos para pequeños comerciantes- entregando a estos grupos productos idóneos para sus necesidades a través del uso de nuevas tecnologías.

El Proyecto distingue dos tipos de servicios en este marco de finanzas abiertas. Por un lado, los iniciadores de pagos, que facilitan el acceso de los clientes a sistemas de pagos digitales, a través del uso de transferencias electrónica de fondos, sin la necesidad de pagar con tarjetas. Esto permite un mayor acceso a pagos a multiplicidad de comercios, potencialmente a un menor costo que otros medios de pagos. Al mismo tiempo se incorporan estos participantes en el perímetro de supervisión de la CMF, considerando los potenciales riesgos que podrían generar.

Por otro lado, el servicio de agregador de información, permite que empresas participantes del sistema de finanzas abiertas accedan a la información del cliente, con el consentimiento previo y expreso del titular de los datos, para ofrecerle un más adecuado y amplio abanico de productos financieros.

No obstante, la lista de potenciales beneficios, un sistema de finanzas abiertas trae consigo una serie de desafíos, tanto para la industria como para el regulador.

En primer lugar, el proyecto de ley contempla una cantidad importante de cuerpos normativos que deben ser emitidos en un periodo acotado de tiempo. Normas sobre medios de entrega de intercambio de información, normas sobre estándares de consentimiento y autenticación y normas de seguridad de la información, son algunos de los elementos centrales del sistema de finanzas abiertas. Si bien existen ciertos consensos internacionales, no existen estándares únicos que adoptar, por lo que la tarea para la CMF será demandante.

Asimismo, existirán desafíos supervisores para la CMF. La ley impone un plazo exigente en el cual se deberán autorizar a las empresas que deseen operar en el sistema de finanzas abiertas (iniciadores de pago e instituciones proveedoras de servicios basados en información). Es esperable que una gran cantidad de empresas busque entrar a operar luego de que se ponga en funcionamiento el sistema. Aunque se tomará en cuenta el principio rector de la Ley sobre proporcionalidad en este proceso, se agregará una carga relevante de trabajo a la Comisión. Es fundamental por esa razón que la ley finalmente aprobada otorgue los recursos a la CMF para enfrentar todas estas nuevas responsabilidades.

Específicamente, puesto que se trata de un sistema basado en el uso de tecnologías, algunas de las cuales ya existen actualmente, pero también otras que podrían surgir, el sistema requiere de la existencia y generación de capacidades dentro de la CMF, que nos permitan ir a la par con los cambios que a partir de este nuevo modelo se produzcan. Por ejemplo, la definición del modelo de funcionamiento y el resguardo de la interoperabilidad entre las instituciones proveedoras y consultantes de información, materias que deberán ser resueltas por el equipo a cargo de la normativa. Es por lo anterior, que vemos con muy buenos ojos el desarrollo en Chile de iniciativas como Open Banking Exchange.

Quisiera hacer un punto sobre el marco legal en Chile. En diversas ocasiones como CMF hemos planteado que Chile debe trabajar en paralelos en 3 iniciativas legales para generar el mejor marco posible para la innovación y competencia en el sector financiero: la “Ley FINTECH”, la ley marco de ciberseguridad para Chile, y la ley de protección de datos personales. Quisiera enfático, sin embargo, en aclarar que no es correcto que sea una condición necesaria tener aprobados la Ley de Datos Personales y la Ley Marco de ciberseguridad para poder avanzar con la regulación de las empresas que proveen servicios basados en tecnologías y con el sistema de Finanzas Abiertas.

La innovación financiera y las finanzas abiertas ya son una realidad en Chile, y es urgente que el marco legal se ponga al día. Por lo demás, la Ley FINTECH contiene importantes resguardos en ciberseguridad y protección de datos. Sería un error de políticas públicas establecer este condicionamiento.

Como se puede ver, se viene un periodo agitado para el mundo del open finance en Chile. Esperamos que la llegada de Open Banking Exchange ayude a ser un punto de encuentro tanto para el sector privado, como también para tomadores de decisiones, que contribuya a difundir lecciones de otras jurisdicciones, recogiendo y plasmando en estándares las experiencias positivas, evitando los errores de las experiencias negativas y implementando los mitigadores de riesgos adecuados. Todo ello ocurriendo en el contexto de un sistema dinámico, que no se detiene mientras se discuten y estudian cambios regulatorios.

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